Condiciones de Servicio Técnico

Condiciones aplicables a la recepción, diagnóstico, mantención y reparación de equipos.

Última actualización:

1. Objeto y alcance

Estas condiciones regulan la recepción, evaluación, diagnóstico, presupuesto, mantención, reparación, prueba, entrega y garantía de los servicios técnicos prestados por nuestra empresa.

Nuestro objetivo es mantener un proceso transparente en el que el cliente conozca qué trabajos han sido diagnosticados, cuáles han sido autorizados, qué costos pueden generarse y qué procedimiento se seguirá si durante la reparación aparecen antecedentes técnicos no detectables inicialmente.

Estas condiciones se complementan con nuestros Términos y Condiciones y demás políticas aplicables.

2. Identificación del prestador

Nombre comercial
HydroFix
Razón social
HydroFix Chile SpA
RUT
78.043.782-0
Domicilio
Zenteno 901, Santiago, Región Metropolitana, Chile
Teléfono
+56 9 3623 6468
Cotizaciones
alexromano@hydrofix.cl

3. Recepción del equipo

Todo equipo recibido para evaluación o reparación deberá quedar asociado a un documento, orden o registro de recepción que permita identificarlo adecuadamente.

Cuando corresponda, este registro podrá contener:

  • identificación del cliente;
  • marca y modelo;
  • número de serie;
  • estado general de recepción;
  • falla o síntoma informado por el cliente;
  • accesorios entregados junto con el equipo;
  • daños o condiciones visibles;
  • fotografías del estado de recepción;
  • fecha de ingreso;
  • cualquier antecedente técnico relevante conocido.

Recomendamos al cliente informar reparaciones previas, intervenciones, accidentes, fallas intermitentes y cualquier antecedente que pueda contribuir al diagnóstico.

4. Falla informada y diagnóstico técnico

La descripción de la falla realizada por el cliente al momento de ingresar el equipo corresponde al síntoma o problema reportado y no constituye necesariamente un diagnóstico técnico.

Por ejemplo, expresiones como “no tiene presión”, “no enciende”, “pierde agua” o “se detiene” pueden tener múltiples causas que sólo pueden determinarse mediante inspección y pruebas.

El diagnóstico será elaborado a partir de los antecedentes disponibles y del nivel de inspección técnicamente razonable que pueda efectuarse antes de desmontar o intervenir componentes internos.

5. Diagnóstico y evaluación técnica

Dependiendo de la naturaleza de la falla, el diagnóstico podrá requerir inspección visual, pruebas de funcionamiento, mediciones, desmontaje parcial u otras operaciones técnicas.

Cuando el diagnóstico tenga un costo, éste será informado antes de efectuar el trabajo correspondiente.

Si el costo del diagnóstico será descontado total o parcialmente del valor de una reparación posteriormente aceptada, dicha condición también será informada.

Si el cliente decide no efectuar la reparación, deberá pagar únicamente los servicios de diagnóstico, inspección u otras prestaciones que hayan sido previamente informadas y autorizadas.

6. Presupuesto de reparación

Luego del diagnóstico se podrá emitir un presupuesto que describa razonablemente el alcance de los trabajos propuestos.

El presupuesto podrá indicar, según corresponda:

  • falla o diagnóstico identificado;
  • trabajos propuestos;
  • mantenciones necesarias;
  • repuestos o materiales previstos;
  • valor de mano de obra;
  • otros servicios específicamente incluidos;
  • precio total;
  • impuestos aplicables;
  • plazo estimado de ejecución;
  • vigencia del presupuesto;
  • anticipo requerido, cuando corresponda;
  • garantía aplicable al servicio.

El presupuesto aceptado será respetado respecto del alcance expresamente incluido en él.

7. Alcance del presupuesto

La aceptación de un presupuesto autoriza únicamente los trabajos, repuestos y servicios expresamente incluidos en éste.

El presupuesto no debe interpretarse como autorización general para sustituir cualquier componente que pudiera presentar una falla diferente y no contemplada.

Tampoco podrán incorporarse unilateralmente cargos adicionales por servicios que el cliente no haya tenido oportunidad de aceptar o rechazar.

Si durante la reparación aparecen nuevos antecedentes, se aplicará el procedimiento de presupuesto complementario descrito en estas condiciones.

8. Anticipo para iniciar los trabajos

Una vez aceptado el presupuesto, nuestra empresa podrá requerir un anticipo equivalente al 50% del valor total presupuestado antes de iniciar los trabajos, cuando las características del servicio así lo justifiquen.

El anticipo puede resultar necesario, entre otras circunstancias, para:

  • adquirir repuestos;
  • comprar materiales o insumos;
  • solicitar componentes especiales;
  • comprometer servicios técnicos o recursos necesarios para ejecutar la reparación;
  • reservar capacidad de trabajo para una reparación determinada.

El anticipo será imputado íntegramente al precio final del servicio y no constituye un cargo adicional.

El saldo restante deberá pagarse conforme a las condiciones acordadas, normalmente al finalizar los trabajos y antes o al momento de retirar el equipo.

La solicitud del anticipo, su monto y las condiciones asociadas deberán ser conocidas por el cliente antes de iniciar la reparación.

9. Anticipo, repuestos especiales y cancelación

El anticipo no se considerará automáticamente perdido si una reparación no llega a completarse.

Si el cliente cancela un servicio después de haberse iniciado trabajos o adquirido materiales previamente autorizados, el anticipo podrá imputarse a:

  • diagnósticos efectivamente realizados;
  • mano de obra autorizada y ejecutada;
  • repuestos adquiridos específicamente;
  • materiales utilizados;
  • compromisos no recuperables que hayan sido previamente informados.

Cuando un repuesto deba adquirirse especialmente y el proveedor no permita su devolución o cancelación, esta circunstancia deberá informarse al cliente antes de comprometer su adquisición cuando sea razonablemente posible.

Cualquier saldo del anticipo que no corresponda a prestaciones, materiales o compromisos válidamente imputables deberá ser restituido al cliente.

10. Autorización de los trabajos

No iniciaremos una reparación presupuestada sin una autorización suficientemente clara del cliente y sin el cumplimiento de las condiciones de inicio acordadas.

La autorización podrá constar, según el mecanismo utilizado, mediante firma, correo electrónico, WhatsApp, aceptación electrónica u otro medio que permita mantener registro de la decisión.

El silencio del cliente no se considerará autorización para ejecutar trabajos adicionales o incrementar el presupuesto.

11. Fallas ocultas o hallazgos durante la reparación

En equipos mecánicos, eléctricos, hidráulicos o electromecánicos puede ocurrir que una falla adicional sólo sea visible después de desmontar, limpiar, medir o intervenir componentes.

También puede ocurrir que una pieza inicialmente considerada reutilizable revele desgaste, corrosión, deformación, daño interno u otra condición que haga técnicamente inconveniente reinstalarla.

Cuando aparezca una condición adicional que no era razonablemente detectable durante el diagnóstico inicial y que implique nuevos trabajos o costos, no se incorporará automáticamente al presupuesto original .

En dichas circunstancias emitiremos o comunicaremos un presupuesto complementario antes de realizar las prestaciones adicionales.

12. Presupuesto complementario

El presupuesto complementario deberá permitir al cliente comprender el cambio respecto del presupuesto originalmente aceptado.

Cuando corresponda, informaremos:

  • el nuevo hallazgo técnico;
  • por qué no fue detectado inicialmente;
  • los trabajos adicionales requeridos;
  • repuestos o materiales adicionales;
  • el valor adicional;
  • el nuevo total proyectado;
  • eventuales cambios en los plazos;
  • si el nuevo trabajo es necesario para recuperar la funcionalidad o seguridad del equipo.

El cliente podrá aceptar o rechazar las prestaciones adicionales.

Los nuevos trabajos sólo se ejecutarán una vez que exista autorización, salvo medidas mínimas necesarias para preservar de manera inmediata la seguridad del equipo o evitar un daño mayor, cuando resulte razonablemente indispensable y no sea posible obtener instrucciones oportunamente.

13. Anticipo sobre trabajos adicionales

Si un presupuesto complementario requiere adquirir nuevos repuestos, materiales o comprometer recursos adicionales, podrá solicitarse un anticipo equivalente al 50% del monto adicional autorizado.

Este anticipo se imputará íntegramente al nuevo total autorizado y estará sujeto a las mismas reglas establecidas para el anticipo inicial.

14. Diferencia entre falla oculta y error de diagnóstico

La aparición de un costo adicional no será tratada automáticamente como una falla oculta.

Si el mayor costo se debe a una condición que razonablemente sólo podía descubrirse al avanzar en el trabajo, desmontar componentes o efectuar pruebas posteriores, podrá gestionarse mediante presupuesto complementario.

En cambio, si el costo adicional se origina en una omisión, cálculo incorrecto o error técnico que razonablemente debió haber sido detectado durante el diagnóstico efectuado por nuestra empresa, dicho error no será trasladado automáticamente al cliente.

Cada situación se evaluará considerando la naturaleza de la falla, las posibilidades reales de diagnóstico previo, el alcance de la inspección realizada y los antecedentes disponibles.

15. Trabajos adicionales necesarios para recuperar la funcionalidad

Nuestra finalidad técnica es entregar, cuando sea posible, equipos funcionales y seguros dentro del alcance autorizado por el cliente.

Si durante la reparación determinamos que el trabajo originalmente aprobado ya no es suficiente para recuperar adecuadamente la funcionalidad del equipo, informaremos esta circunstancia antes de continuar con los trabajos adicionales.

El cliente podrá:

  • aceptar el presupuesto complementario y continuar la reparación;
  • solicitar una alternativa técnicamente viable si existe;
  • rechazar los trabajos adicionales y solicitar la finalización del servicio dentro del alcance previamente autorizado.

No asumiremos como parte del precio original trabajos, repuestos o mantenciones no incluidos que resulten necesarios debido a hallazgos posteriores legítimamente no previsibles, salvo que el mayor costo sea atribuible a un error propio de diagnóstico o presupuesto.

16. Rechazo de trabajos adicionales

Si el cliente rechaza un trabajo adicional necesario para recuperar totalmente el funcionamiento, la empresa no estará obligada a ejecutarlo sin costo.

En tal caso, se informará al cliente si:

  • el equipo puede entregarse funcionando de manera parcial;
  • puede entregarse en un estado equivalente al técnicamente posible después de la intervención;
  • permanece sin funcionamiento por la falla adicional no autorizada;
  • existen riesgos que desaconsejan su utilización.

El cliente será responsable de pagar los trabajos, diagnósticos, repuestos y materiales previamente autorizados y efectivamente ejecutados o comprometidos.

Procuraremos dejar constancia de que la reparación no pudo completarse debido al rechazo de los trabajos adicionales necesarios.

17. Mantenciones o trabajos recomendados

Durante la reparación podemos detectar necesidades de mantención preventiva o componentes próximos a requerir reemplazo.

Cuando estos trabajos no sean indispensables para resolver la falla contratada, serán identificados como recomendados u opcionales y no serán ejecutados ni cobrados sin autorización.

Cuando sean indispensables para la seguridad o funcionalidad del equipo, se informarán como trabajos adicionales necesarios conforme al procedimiento de presupuesto complementario.

18. Repuestos y componentes

Utilizaremos componentes o repuestos adecuados al equipo y a la reparación efectuada.

Los repuestos podrán ser nuevos o, cuando corresponda, refaccionados.

Cuando se proponga utilizar un repuesto refaccionado, se informará expresamente esta circunstancia al cliente antes de su utilización.

Cuando el cliente lo solicite, se identificarán en la boleta, factura u otro documento correspondiente los repuestos empleados, sus valores y la mano de obra conforme a la legislación aplicable.

Si existen alternativas técnicamente apropiadas de distinta procedencia o valor, podrán presentarse al cliente para su elección cuando resulte posible.

19. Repuestos proporcionados por el cliente

Podremos aceptar o rechazar la instalación de un componente suministrado directamente por el cliente dependiendo de su compatibilidad, condición, seguridad y calidad aparente.

Cuando aceptemos instalarlo, responderemos por la calidad de la mano de obra realizada por nuestra empresa, pero no por defectos propios o vicios del repuesto suministrado por el cliente que no sean atribuibles a nuestra intervención.

Si el componente resulta técnicamente inadecuado o inseguro, podremos rechazar su instalación explicando la razón correspondiente.

20. Plazos de reparación

Los plazos informados son estimaciones basadas en el diagnóstico, complejidad técnica, disponibilidad de repuestos y carga de trabajo existente.

Pueden producirse variaciones justificadas debido a hallazgos adicionales, disponibilidad de repuestos, tiempos de importación o circunstancias técnicas no previstas.

Cuando una circunstancia afecte materialmente el plazo, procuraremos informar al cliente y actualizar la estimación disponible.

21. Pruebas y verificación funcional

Cuando la naturaleza del servicio lo permita, realizaremos pruebas destinadas a verificar razonablemente el funcionamiento del equipo después de la reparación.

Estas pruebas se efectuarán bajo las condiciones disponibles en el taller y no necesariamente reproducen todas las condiciones existentes en la instalación o lugar de trabajo del cliente.

Cuando el funcionamiento dependa de condiciones externas específicas, como alimentación eléctrica, suministro de agua, presión de entrada, combustible, accesorios o instalación del cliente, estos factores podrán requerir evaluación separada.

22. Seguridad y trabajos técnicamente improcedentes

Nos reservamos la posibilidad de no ejecutar o de suspender una reparación cuando técnicamente se determine que:

  • el trabajo solicitado es inseguro;
  • puede provocar daños previsibles;
  • requiere componentes incompatibles;
  • no existen repuestos o procedimientos técnicamente adecuados;
  • la reparación no resulta razonablemente viable;
  • existen condiciones que impiden efectuarla de manera profesional y segura.

Cuando esto ocurra, informaremos al cliente y liquidaremos únicamente los trabajos y costos previamente autorizados que correspondan.

23. Cancelación de un servicio autorizado

El cliente podrá solicitar la detención de trabajos que aún no hayan sido ejecutados.

Cuando la reparación ya haya comenzado, deberán liquidarse las prestaciones previamente autorizadas y efectivamente ejecutadas, así como los repuestos, materiales o compromisos no recuperables válidamente asumidos para dicha reparación.

Si el diagnóstico o intervención hubiese requerido desmontaje, se informará la situación técnica en que puede devolverse el equipo.

Cualquier costo específico de rearmado que no forme parte del diagnóstico o reparación inicialmente autorizados deberá haber sido previamente informado para poder ser cobrado.

24. Finalización y entrega del equipo

Una vez finalizado el servicio notificaremos al cliente mediante alguno de los canales de contacto disponibles.

El equipo será entregado una vez cumplidas las condiciones de pago correspondientes.

Cuando corresponda, podrá dejarse constancia de:

  • trabajos efectuados;
  • repuestos instalados;
  • resultado de las pruebas;
  • observaciones pendientes;
  • recomendaciones de mantenimiento;
  • plazo de garantía del servicio.

Si una tercera persona retira el equipo, podremos solicitar autorización o antecedentes que permitan resguardar una entrega correcta.

25. Equipos no retirados

Una vez finalizado, rechazado o cerrado un servicio, corresponde al cliente coordinar el retiro del equipo.

Si transcurre un período prolongado sin retiro, procuraremos efectuar comunicaciones de recordatorio utilizando los antecedentes de contacto disponibles.

Estas comunicaciones no modifican el plazo legal aplicable a los bienes entregados en reparación.

26. Equipos abandonados

Conforme al artículo 42 de la Ley N° 19.496, los bienes entregados en reparación se entenderán abandonados en favor del proveedor cuando no sean retirados dentro del plazo de un año, contado desde la fecha en que se haya otorgado y suscrito el correspondiente documento de recepción del trabajo.

Por este motivo, el documento de recepción constituye un antecedente fundamental del servicio y deberá conservarse como respaldo.

Nuestra empresa no considerará un equipo legalmente abandonado antes del cumplimiento de los requisitos y plazo establecidos por la legislación.

27. Garantía del servicio técnico

El plazo durante el cual nuestra empresa se hace responsable por una reparación será informado por escrito en la boleta, recibo u otro documento correspondiente.

En ningún caso dicha cobertura será inferior a los derechos establecidos por la legislación aplicable.

Conforme a la Ley N° 19.496, el consumidor podrá reclamar por un desperfecto o daño ocasionado por un servicio defectuoso dentro de 30 días hábiles desde la finalización del servicio o entrega del equipo reparado, sin perjuicio de una cobertura superior que nuestra empresa haya ofrecido expresamente.

Cuando corresponda, el servicio defectuoso deberá prestarse nuevamente sin costo para el cliente o procederá la solución establecida por la legislación vigente.

28. Alcance de la garantía de reparación

La garantía del servicio cubre las deficiencias atribuibles a los trabajos efectivamente realizados por nuestra empresa y, según corresponda, a los componentes proporcionados como parte de dicho servicio.

Una falla diferente y sin relación con la reparación realizada podrá requerir un nuevo diagnóstico y presupuesto.

Del mismo modo, una intervención posterior efectuada por el cliente o un tercero no anula automáticamente la garantía.

Sin embargo, cuando dicha intervención haya causado, contribuido materialmente a la nueva falla o impida determinar el origen de ésta, podrá considerarse al evaluar la procedencia de la cobertura.

29. Registros y documentación técnica

Podemos conservar órdenes de trabajo, diagnósticos, presupuestos, autorizaciones, fotografías, repuestos empleados, pruebas y demás antecedentes necesarios para mantener trazabilidad del servicio.

Estos registros podrán utilizarse para respaldar garantías, resolver reclamaciones, mantener historial técnico y mejorar nuestros procesos conforme a nuestra Política de Privacidad y Protección de Datos Personales.

30. Protección de datos personales

El tratamiento de datos personales asociados al servicio técnico se encuentra regulado por nuestra Política de Privacidad y Protección de Datos Personales .

31. Consultas y comunicaciones

Para consultas sobre un diagnóstico, presupuesto o reparación puedes comunicarte al teléfono +56 9 3623 6468 o mediante contacto@hydrofix.cl .

Las cotizaciones y antecedentes comerciales también podrán gestionarse mediante alexromano@hydrofix.cl.

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